MADRID | 25/12/2013 | Fuente: El pais
Las comunidades de propietarios tendrán que declarar a la Agencia Tributaria, partir del uno de enero de 2014, todos los pagos que tengan que realizar a terceros como las empresas de limpieza, jardinería, fontaneros, albañiles, ascensores, si superan los 3.005,6 euros.
Deben rellenar el modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas. Este formulario tendrá que ser presentado en febrero de 2015.
El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) aclara que las comunidades no están obligadas a declarar las compras de combustible y suministro de energía eléctrica o agua para uso comunitario. Tampoco los seguros que protejan zonas o elementos comunes. Ni el alquiler si han alquilado alguna vivienda, ya que está exento de IVA.
El CGCAFE venía y viene reclamando hace tiempo normas que regulen contable y fiscalmente la actividad económica realizada por las comunidades. Considera que así se contribuye a la lucha contra el fraude fiscal y a la transparencia en la administración de las fincas y por eso celebra que se profesionalice la contabilidad de las comunidades.
Recuerda la institución que no puede accederse a las subvenciones por rehabilitación si no se ha cumplido con las obligaciones fiscales.